En un fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que se conoció este martes 30 de agosto, en el que se hizo lugar a un recurso de casación presentado por la Defensa Pública, se destacó la importancia de las Reglas Mandela de Naciones Unidas.
La Cámara (integrada por los jueces Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky) resolvió remitir la causa al tribunal de origen para que se sustancie la acción de habeas corpus. Además de destacar las Reglas Mandela, los jueces también citaron en su fallo jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Recomendaciones del Sistema de Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias.
A partir del trabajo de la Defensoría Federal de Santa Fe, con el apoyo de la Comisión del Migrante y la Secretaría General de Coordinación (ambas de la Defensoría General de la Nación), se presentó el recurso contra el rechazo in limine de una acción de hábeas corpus a favor de cuatro ciudadanos chinos que habían sido retenidos por una decisión administrativa al ingresar al país en forma irregular.
La medida, interpuesta por la Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia Nro. 1 de Rosario, Rosana Gambacorta, tuvo como fin dar lugar al planteo efectuado por el Defensor Oficial Fernando Sánchez en primera instancia a favor de los cuatro migrantes, privados de su libertad desde hace casi cien días a pesar de no tener ninguna causa penal en su contra.
La situación había comenzado el 22 de mayo de este año, fecha en la que se establecieron los ingresos de los cuatro ciudadanos asiáticos (que incluyen a una mujer embarazada y epiléptica) en forma irregular y se ordenó administrativamente sus expulsiones y prohibición de regreso. A continuación el Juzgado Federal de Santa Fe dispuso la retención de los cuatro, razón por la cual actuó la Defensa Pública para garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva de sus derechos.